
Sistema de Distribución de Beneficios
El Sistema de Distribución de Beneficios (SDB) busca distribuir de forma justa, equitativa y transparente los fondos, apalancados por el país en la fase de pago por resultados de la ENCCRV, a través de la implementación de proyectos territoriales orientados a disminuir la vulnerabilidad social, ambiental y económica que genera el cambio climático, la desertificación, la degradación de las tierras y la sequía sobre los recursos vegetacionales y comunidades humanas.
El SDB distribuye beneficios no monetarios, es decir, las personas beneficiarias no recibirán transferencia directa de recursos, sino que podrán acceder a la implementación de proyectos, los que posteriormente se ejecutarán a través de consultores forestales.
El Concurso Público de la ENCCRV busca materializar la distribución de beneficios a través del financiamiento de beneficios no monetarios, los que según las directrices de la ENCCRV actualmente se ejecutan cinco tipologías de proyectos territoriales:
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Forestación de áreas desprovistas de cobertura boscosa con especies nativas
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Restauración con especies nativas de áreas degradadas
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Silvicultura preventiva de incendios forestales
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Manejo sustentable, a través de la ordenación forestal
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Manejo sustentable para la producción sustentable de biomasa
El SDB considera como población beneficiaria a toda persona natural o jurídica, organizada de manera individual o colectiva, que pueden ser beneficiadas con la implementación de las actividades asociadas a las Medidas de Acción de la Estrategia. Estas, a su vez, se definen en base a los siguientes propósitos:
Disminuir la vulnerabilidad social, ambiental y económica que genera el cambio climático, la desertificación, la degradación de las tierras y la sequía sobre los recursos vegetacionales y su efecto sobre las comunidades humanas que dependen de ellos. Conforme a esto, se priorizará aquellos grupos con mayor vulnerabilidad económica, con especial énfasis en mujeres, pueblos originarios y tribales.
Restituir la funcionalidad ecológica que favorezca los procesos de rehabilitación de suelos erosionados, los ciclos hidrológicos y la recuperación de paisajes y ecosistemas afectados por incendios forestales, catástrofes u otros factores de degradación. Junto con acciones de conservación, protección de áreas naturales o de valor ecológico y restauración ecológica. En este contexto, se incluyen grupos capaces de generar impactos a mediana y gran escala, mejorando la calidad de vida y el bienestar de las comunidades. Las beneficiarias o beneficiarios se establecen como:
- Pequeñas(os) propietarias(os) individual: Personas naturales que poseen título de dominio sobre una o más propiedades rústicas y que cumplen con las siguientes características:
Que el valor del total de sus activos, entiéndase, los bienes muebles e inmuebles, exceptuando el valor de la tierra, no superen el equivalente a 3.500 UF.
Que la suma de sus propiedades totalice menos de 500 ha para las regiones I, II, III, IV y XV; menos de 800 ha para las regiones IX, X, XI y XII, incluyendo la comuna de Lonquimay; y menos de 200 ha para las regiones V, VI, VII, VIII, XIII, XIV y XVI.
- Pequeñas(os) propietarias(os) colectivos: Agrupaciones de personas constituidas bajo una personalidad jurídica o agrupadas de manera informal, cuyos miembros, en su totalidad, que tengan la calidad de pequeñas(os) propietarias(os) individuales, de acuerdo a la definición.
- Pequeña(o) propietaria(o) (colectivo) según normas especiales: Son considerados bajo esta definición todas aquellas personas constituidas en:
Comunidades agrícolas según D.F.L. N° 5 de 1968, del Ministerio de Agricultura.
Comunidades indígenas regidas por la Ley N° 19.253 del Ministerio de Planificación y Cooperación.
Comunidades sobre bienes comunes resultantes del proceso de Reforma Agraria por Ley N° 19.386 del Ministerio de Agricultura y normas complementarias.
Sociedades de secano constituidas bajo el artículo 1 del D.L. N° 2.247 de 1.978 del Ministerio de Agricultura que Modifica y Complementa la Ley N° 16.640.
Sociedades acogidas al artículo 6° de la Ley N° 19.118 de 1992, del Ministerio de Agricultura
- Mediana(o) propietaria(o) (persona natural): Entiéndase toda persona natural y comunidad que posea título de dominio sobre una o más propiedades rústicas y que no cumplan con los requisitos establecidos en la definición de pequeña(o) propietaria(o), ya sea en su modalidad individual, colectivo o según normas especiales. La entrega de beneficios para estas personas beneficiarias está condicionada a un cofinanciamiento 13 mínimo, según se establece en los siguientes rangos de renta:
Tramo 1: Cofinanciamiento mínimo de 25%, para personas cuya renta exceda de 120 UTM y no sobrepase las 310 UTM.
Tramo 2: Cofinanciamiento mínimo de 50%, para personas cuya renta exceda las 310 UTM.
- Mediana(o) propietaria(o) (persona jurídica): Corresponde a toda persona jurídica que posea título de dominio sobre una o más propiedades rústicas y cuyos ingresos anuales por ventas, servicios u otras en la totalidad de sus giros no excedan las 100.000 UF en el último año calendario, según establezca el Servicio de Impuestos Internos (SII). La entrega de beneficios para estas personas jurídicas está condicionada a un cofinanciamiento15 mínimo, según se establece en los siguientes rangos:
Microempresas (0 a 2.400 UF): 20% de cofinanciamiento.
Pequeñas empresas (2.400,01 - 25.000 UF): 40% de cofinanciamiento.
Medianas empresas - tramo 1 (25.000,01 - 50.000 UF): 60% de cofinanciamiento.
Medianas empresas - tramo 2 (50.000,01 - 100.000 UF): 80% de cofinanciamiento
- Predios fiscales: Según lo definido en el Código Civil, se establecen como Bienes Nacionales aquellos que pertenecen a toda la nación y se clasifican en bienes de uso público y bienes fiscales o del Estado, de acuerdo con lo definido en el Decreto Ley N° 1.939 de 1977.
- Municipalidades: Corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, a las cuales corresponde la administración de una comuna, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la misma.
- Universidades del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH): Son aquellas denominadas “universidades tradicionales” que actualmente forman parte de este organismo las universidades estatales y particulares chilenas, creadas o reconocidas con anterioridad a 1981 (o que se derivan de aquellas), junto a las creadas por ley. Únicamente las universidades que integran el CRUCH tienen derecho a aportes fiscales directos.
- Organizaciones: Entiéndase todo tipo de organización con personalidad jurídica que no contravenga la legislación nacional. Sin fines de lucro según pueda ser acreditado por el respectivo certificado emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, SII u otro análogo; que poseen título de dominio sobre una o más propiedades rústicas o en su defecto, algún tipo de tenencia de la tierra que asegure la mantención de actividades implementadas.
La operatividad del SDB tiene como propósito cumplir con los objetivos y lineamientos establecidos en el capítulo 3.6 del SDB, donde se detalla el mecanismo para la distribución de los recursos obtenidos por el país a través de distintos esquemas de financiamiento. Esta implementación conlleva costos asociados a la gestión, administración y soporte del sistema, así como los propios de la ejecución de sus distintas tipologías de proyectos, incluyendo el monto de gestión administrativa y soporte, y el monto de implementación territorial. En la categoría regional, se contemplan cuatro tipos de asignación con el objetivo de garantizar la equidad y justicia en la distribución: asignación Basal, por Superficie Rural, por Población Rural y por Pobreza Multidimensional. Finalmente, los proyectos de la Estrategia se implementan a través de dos mecanismos de distribución: Concurso Público y Asignación Directa.
La gobernanza para la implementación del SDB se basará en dos componentes: los arreglos institucionales, entendidos como la estructura operativa entre los diversos servicios del Estado que forman parte de las instancias de participación para la toma de decisiones en coordinación con la sociedad civil; y los instrumentos de gestión, que entregan los lineamientos para cada etapa de operatividad del Sistema. CONAF es el punto focal REDD+ en Chile y responsable de implementar la ENCCRV, por lo que la coordinación para la implementación del SDB es responsabilidad de CONAF a través de su estructura organizacional.
Nivel Nacional: CONAF Central elabora los Manuales Operativos de los fondos recibidos, al igual que las Bases Técnicas y Administrativas de los concursos públicos, Reglamentos de Asignación Directa de proyectos territoriales y facilitadores, el Reporte de Implementación Anual (RAI), entre otros, acorde con los objetivos de la ENCCRV. Este último es presentado ante el Comité Técnico Intraministerial de Cambio Climático (CTICC) del MINAGRI, instancia que puede entregar recomendaciones. Una vez revisado se deriva a las oficinas regionales de CONAF para que difundan mediante los Comités Regionales de Cambio Climático (CORECC), previa difusión por parte del Consejo de la Sociedad Civil (COSOC).
Nivel Regional: El proceso regional es administrado por la Dirección Regional de CONAF quienes colaboran con las revisiones de los documentos generados por CONAF central. Se comparte información de la documentación generada con el Grupo REDD+, el que puede retroalimentar y realizar ajustes a fin de que la selección de los proyectos a implementar cuenten con un respaldo de los actores territoriales involucrados en los proyectos y además respondan adecuadamente al contexto y las necesidades locales.
Corresponde al grupo compuesto por representantes regionales intra e inter ministeriales del MINAGRI, gobiernos locales y diversos sectores de la sociedad civil para fortalecer la toma de decisiones en torno a la implementación del SDB y fomentar la descentralización. Con ello, se busca incorporar elementos y criterios que consideren la realidad territorial de cada región. Este elemento de la gobernanza surge como resultado del proceso participativo del SDB, donde se identificó la necesidad de contar con mesas técnicas regionales con la capacidad de analizar y tomar de decisiones pertinentes a las realidades locales, incorporando elementos y criterios propios de estas escalas.
Responsabilidades del Grupo REDD+ regional
Aprobar y/o modificar los criterios del mecanismo de evaluación y sus ponderadores, presentados en el Manual Operativo, los cuales son aplicables a cada acuerdo de financiamiento, con el fin de adaptar los objetivos y procesos a la realidad local, según los aportes de sus miembros. Por razones justificadas, se podrán solicitar modificaciones a dicho mecanismo durante el ciclo de implementación del acuerdo de financiamiento, basándose en la información técnica proporcionada por CONAF.
Validan el Reporte Anual de Implementación (RAI) del SDB a nivel regional, correspondiente a los antecedentes aportados por los equipos técnicos de las oficinas regionales para garantizar que la decisión de financiamiento cuente con el análisis de efectividad, equidad, justicia y transparencia, todos pilares fundamentales del SDB. Dichas recomendaciones deben estar en línea con lo establecido con los instrumentos de gestión.
Canalizar las solicitudes de información, reclamos y sugerencias de las comunidades locales, pueblos originarios y tribales, y en general, de las potenciales personas beneficiarias respecto del funcionamiento e implementación del SDB.
Difundir información sobre la distribución de los beneficios, las formas de postular, los montos disponibles y la elegibilidad de proyectos para los mecanismos de distribución en las comunidades locales y potenciales personas beneficiarias.
Proponer iniciativas para el mecanismo de distribución de Concurso Público en respuesta a las necesidades de las comunidades locales, de los pueblos originarios y tribales, y de las potenciales personas beneficiarias con el fin de fortalecer la cartera de proyectos.
Fortalecer las iniciativas propuestas por CONAF, para el mecanismo de distribución de Asignación Directa para Proyectos Territoriales y Facilitadores; y así asegurar que estas incorporen el enfoque de representatividad sectorial, territorial, intercultural y de género.
Fiscalizar la participación de las personas beneficiarias más vulnerables, con énfasis en mujeres, pueblos originarios y tribales, según las directrices de cada acuerdo de financiamiento.
Documentación Pública Grupos REDD
Es el instrumento de gestión que reporta el avance en la implementación y la proyección del ciclo anual de las actividades a las cuales se les ha asignado un presupuesto.
El contenido que aborda este documento es el siguiente:
Avances del ciclo anual anterior: Detalla los avances en la implementación al finalizar el ciclo anual, reporta los avances de la implementación de los proyectos Territoriales, Facilitadores y Transversales, especificando presupuesto estructural, de redistribución y residual.
Proyección del ciclo anual posterior: Detalla la planificación para la implementación del siguiente ciclo anual, en torno a la ejecución de los proyectos Territoriales, Facilitadores y Transversales al especificar el presupuesto estructural, de redistribución y residual.

Departamento de Cambio Climático y Servicios Ecosistémicos (DCCSE)
Gerencia de Bosques y Cambio Climático (GBCC)
Corporación Nacional Forestal (CONAF)
Ministerio de Agricultura

Dirección: Paseo Bulnes #317, Oficina 812 - Santiago Teléfono: (+56 2) - 2663 0000






